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La Justicia ordenó suspender el cobro de un crédito bancario a una jubilada que fue estafada

La Justicia Federal de la ciudad de Concordia le ordenó a un banco estatal nacional que deje de descontar mensualmente las cuotas de un crédito tomado fraudulentamente, en perjuicio de una jubilada que cobra la mínima.

3 de Julio de 2025
La mujer es oriunda de la ciudad de San Salvador.
La mujer es oriunda de la ciudad de San Salvador.

De acuerdo a lo informado, la mujer de 81 años es oriunda de San Salvador y resultó víctima de una estafa telefónica al contactar vía telefónica con una red de embaucadores que bajo la promesa de "promociones y descuentos en el servicio de telefonía celular para jubilados", publicada en la red Facebook obtuvo su clave de HomeBanking para vaciar su cuenta bancaria.

 

El hecho ocurrido en julio de 2024 se inscribe dentro de modalidad de estafa conocida como "phishing", en la que los delincuentes utilizan maniobras engañosas para obtener información confidencial de los usuarios y apropiarse de su identidad con el fin de apoderarse de sus fondos.

 

En este caso los ciberdelincuentes lograron vaciarle la caja de ahorro mediante transferencias realizadas de modo remoto a "cuentas mulas" como se las llama en la jerga delictiva y la toma de dos créditos preaprobados por el banco que también lograron transferir.

 

La jueza federal Analía Ramponi valoró las condiciones de “sujeto hipervulnerable” de la jubilada, quien además cursa una patología a la que le dedica sus escasos recursos de un jubilación mínima, los reclamos hechos a la entidad bancaria para lograr una conciliación, la denuncia penal que efectuó en la Fiscalía local, el fracaso de la mediación intentada con el banco y la edad de la víctima.

 

En la resolución judicial en la que acoge la medida cautelar la magistrada pondera la "evidente situación de vulnerabilidad de la actora, considerando que se trata de una adulta mayor cuyo único medio de subsistencia proviene de su propia jubilación mínima, cuyo monto se encuentra considerablemente reducido".

 

Frente a este crítico cuadro de situación la jueza afirma que "prima facie se encuentra probada la existencia de una deuda crediticia con la entidad demandada por un total de un millón de pesos y que la cuota crediticia le insumiría un porcentual de sus haberes previsionales veinticinco por ciento, cuando ello no se habría encontrado previsto por la accionante".

 

En este contexto, la decisión judicial hace lugar a la medida cautelar innovativa y le ordena al banco que suspenda los descuentos de las cuotas del préstamo hasta que se resuelva el juicio por daños y perjuicios que la misma jubilada inició contra la entidad de crédito.

 

El abogado que representa a la víctima, Juan Carlos Arralde, destacó la relevancia del fallo. "Si bien se trata de una medida cautelar que aún no firma la decisión impacta por su razonabilidad, su proyección hacia otros casos similares y la empatía que exhibe para con una persona en situación de vulnerabilidad como lo es el de esta señora", manifestó el profesional del derecho.

 

"Los bancos tiene que entender y cumplir con el deber de seguridad que les impone la ley, cuidando a sus clientes de los verdugos digitales que pululan en las redes. Con más razón con clientes hipervulnerables como lo son las personas adultas mayores a las que los bancos tienen como clientes cautivos y a quienes no protegen lo suficiente después de haberlos obligado a cambiar sus prácticas a través del uso del teléfono, computadoras, HomeBanking y otras herramientas digitales desconocidas para la mayoría de ellos y sin capacitación", manifestó Arralde.

Fuente: Mercurio Noticias.

Temas:

Judiciales;

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